Federación Vélez Sarsfield » Reglas


Reglamento de la Federación:

1- Del objeto y las  finalidades:

Artículo 1: La Federación Vélez Sársfield se constituye con el objetivo de reunir y agrupar a aquellos usuarios de Hattrick hinchas del Club Atlético Vélez Sársfield.

2- De sus miembros:

Artículo 2: Pueden ser miembros de la Federación Vélez Sársfield aquellos usuarios activos de Hattrick que, habiéndose adherido al servicio de Supporter soliciten el ingreso a la misma.

Artículo 3: Será condición para el ingreso poseer un nick, nombre de equipo y/o de estadio relacionado con la vida o historia del Club Atlético Vélez Sársfield o en su defecto demostrar a través de prueba fehaciente ser hincha del Club.

Artículo 4: Los miembros de la Federación estarán divididos en tres categorías de acuerdo a su antigüedad en la misma.

1: Socios: Serán socios, aquellos miembros que no desempeñen cargo electivo y posean hasta un año de antigüedad ininterrumpida.

2: Socios Plenos: Serán socios plenos, aquellos miembros que no desempeñen cargo electivo y están adheridos a la Federación por un año seguido sin interrupciones (salvo las necesarias para obtener y tramitar la renovación del servicio de Supporter).

3: Socios Vitalicios: Serán socios vitalicios, aquellos miembros que no desempeñen cargo electivos y cumplan un año de antigüedad en la categoría de socio pleno. Esta categoría será permanente y no se perderá por interrupciones y/o abandono del servicio de Supporter.

 

Capítulos de las Reglas:

Obetivos y Finalidades
De sus Miembros
Organización
Elecciones
Reforma de las Relgas
 

 

3- De su organización y estructura:

Artículo 5: La Federación Vélez Sársfield estará coordinada por un Consejo Directivo formado por tres socios.

Artículo 6: El Consejo Directivo será constituido por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario.

Artículos 7: Sus cargos tendrán una duración de dos (2) temporadas de acuerdo al calendario establecido por Hattrick pudiendo ser reelegido.

Artículo 8: El Consejo Directivo tendría como función la coordinación y supervisión de todas las actividades que desarrolle la Federación. La toma de decisiones corrientes y de aquellas que requieran de una determinada urgencia se llevarán adelante por los miembros del Consejo Directivo siempre que se pueda por consenso, sino por votación simple en la cual cada miembro tendrá voz y voto.

Artículo 9: Serán funciones del Presidente:
a) Presidir el Consejo Directivo.
b) Coordinar todas las actividades de la Federación.
c) Aceptar nuevos miembros.
d) Organizar y llevar adelante la Copa Vélez en cada temporada.

Artículo10: Serán funciones del Vicepresidente:
a) Secundar al presidente colaborando permanentemente en el desempeño de sus funciones.
b) Reemplazar al presidente en caso de licencia, enfermedad, muerte o vencimiento del Supporter.

Artículo 11: Serán funciones del Secretario:
a) Colaborar con el Presidente y Vicepresidente en el desarrollo de sus funciones.
b) Revisar las solicitudes de ingreso corroborando que cumplan con los requisitos establecidos por el presente Estatuto.
c) Enviarle al Jefe de Prensa las noticias y resoluciones del Consejo Directivo para su difusión a todos los miembros.

Artículo 12: Se establecen además, para mejor funcionamiento de la Federación los cargos de Abanderado y el de Jefe de Prensa de la Federación. Los mismos serán desempeñados por dos socios de la Federación.

Artículo 13: Serán funciones del Abanderado:
a) Portar, custodiar y defender la Bandera de la Federación.
b) Transportar y colgar la Bandera de la Federación en todas las tribunas donde juegue el primer equipo del Club Atlético Vélez Sársfield.
c) Llevar la Bandera de la Federación a todas las actividades que organice la Federación.

Artículo 14: Serán funciones del Jefe de Prensa:
a) Informar a los socios, por medio de newsletter, HT-Mail y/o correos electrónicos de las novedades, noticias y actividades de la Federación y del Club Atlético Vélez Sársfield.
b) Trabajar en forma conjunta con el Secretario con el fin de difundir las resoluciones y decisiones que tome el Consejo Directivo.
c) Promocionar temas, encuestas y sitios de interés para la Federación y sus miembros.
d) Anunciar la llegada de nuevos miembros.
e) Coordinar el trabajo de edición y publicación de la ZINE de la Federación.

4- De la elección de los Cargos:

Artículo 15: El proceso electoral de los cargos de la Federación, detallados en el Capítulo 3, se desarrollará en el período que comprende a las pretemporadas de las temporadas pares según el calendario establecido por Hattrick.

Artículo 16: El Consejo Directivo establecerá para tal fin un Síndico, elegido entre los socios de la Federación que no desempeñe ningún cargo electivo ni aspire a hacerlo durante el próximo período. El Síndico deberá comenzar a desempeñar sus funciones a partir de la fecha 12 de la temporada impar.

Artículo 17: Es función del Síndico llevar adelante el proceso electoral y velar para que se cumpla el presente Estatuto en todas sus partes y formas.

Artículo 18: Una vez designado el Síndico, él deberá recibir las propuestas de candidaturas a los diferentes cargos de la Federación por parte de los socios interesados. Para confirmar la candidatura, el Síndico deberá corroborar que el candidato sea Socio, en cualquiera de sus categorías, de la Federación.

Artículo 19: Cuando estén confirmadas las candidaturas, los socios candidatos podrán disponer de un tema, en la Conferencia de la Federación, para presentar propuestas, ideas y programas a desarrollar.

Artículo 20: Durante la pretemporada el Síndico abrirá una encuesta para cada cargo correspondiente con el/los nombre/s del/los candidato/s agregando la opción de la abstención y todos los socios miembros de la Federación tendrán la libre opción de participar una vez de cada una de las elecciones a los cargos establecidos. Ganará la elección aquel candidato que tenga la mayor cantidad de votos.

Artículo 22: Los ganadores comenzarán a desempañar sus funciones a partir de la primera fecha de las temporadas pares.

Artículo 22 bis: (ad-hoc): Los cargos podrán ser cubiertos por un mismo Socio en indefinida cantidad de veces.

5- de la Reforma del presente estatuto:

Artículo 23: Cualquier Socio, miembro de la Federación, puede proponer al Consejo Directivo la modificación de uno o varios artículos del presente Estatuto.

Artículo 24: Si el Consejo Directivo cree necesario y viable dicha modificación, procederá a realizar una encuesta en la Conferencia de la Federación explicitando la o las modificaciones propuestas.

Artículo 25: Para ser aprobadas las reformas deberá contar con el voto positivo de al menos las dos terceras partes del total de Socios. Deberia cambiarse por las 2/3 parte de los votantes